Derecho a la Información
La ONU emitió su declaración tras los escándalos de WikiLeaks
11 de Enero de 2011Luego de la divulgación de comunicaciones diplomáticas por el portal Web y la publicación de la información en los medios, los relatores de las Naciones Unidas, y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, dieron a conocer una serie de principios jurídicos internacionales
La información divulgada por Wikileaks generó un gran revuelvo en todo el mundo. Hasta el punto que las Naciones Unidas (ONU) y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dieron a conocer una serie de principios jurídicos internacionales sobre el derecho al acceso de la información. Los relatores para la libertad y expresión y opinión de los organismos hicieron un llamado a los Estados y los actores relevantes para que tengan en cuenta estos puntos.
- El derecho de acceso a la información en poder de autoridades públicas es un derecho humano fundamental sometido a un estricto régimen de excepciones. La libertad de expresión permite que toda persona tenga libre acceso a la información pública y a conocer las actuaciones de los gobiernos. Las autoridades nacionales deben adoptar medidas activas a fin de asegurar el principio de máxima transparencia, derrotar la cultura del secreto que todavía prevalece en muchos países y aumentar el flujo de datos sujetos a divulgación.
- Las leyes que regulan el carácter secreto de la información deben definir con exactitud el concepto de seguridad nacional y especificar claramente los criterios que deben aplicarse para determinar si cierta información puede o no declararse secreta.
- Es responsabilidad de las autoridades públicas y sus funcionarios mantener la confidencialidad de la información que se encuentre bajo su control. Los periodistas, integrantes de medios de comunicación o miembros de la sociedad civil que tengan acceso y difundan datos reservados por considerarlos de interés público, no deben ser sometidas a sanciones por violación del deber de reserva, a menos que hubiesen cometido fraude u otro delito para obtenerlos.
- La injerencia ilegítima o las presiones directas o indirectas de los gobiernos respecto de cualquier expresión o información difundida a través de cualquier medio de comunicación oral, escrito, artístico, visual o electrónico, para incidir en su contenido por razones políticas, deben estar prohibidas por la ley. Se incluyen las acciones por motivos políticos contra periodistas y medios de comunicación independientes, y el bloqueo de sitios Web y dominios de Internet.
- Los bloqueos o sistemas de filtración en la Web no controlados por usuarios finales, impuestos por un proveedor gubernamental o comercial del servicio son una forma de censura previa y no pueden ser justificados. Las empresas que proveen servicios de Internet deben esforzarse para asegurar que se respeten los derechos de sus clientes de usar la Red sin interferencias arbitrarias.













