La Justicia impide a las Telcos convertirse en operadoras de televisión
7 de Julio de 2008Ratificó el actual marco regulatorio, que establece que las empresas de telefonía no están habilitadas a brindar servicios de radiodifusión
La Justicia no dio a lugar a un reclamo de varias empresas de telefonía que pretendían convertirse en operadoras de televisión, al confirmar una resolución de primera instancia que sostenía que las mismas no se encuentran habilitadas a brindar servicios de radiodifusión.

El 30 de junio pasado, la Sala Contencioso Administrativo N°3 ratificó la decisión de la Sala de sostener que los marcos regulatorios existentes están vigentes y presentan inteligencia respecto del desarrollo del país.
Estos marcos regulatorios son la Ley 22.285, que establece que las empresas de servicios públicos no podrán brindar servicios de radiodifusión, y el decreto 62/90, que plantea que las compañías licenciatarias del servicio telefónico están excluidas de la radiodifusión por 99 años.
En los últimos años, las TELCOS trataron en distintas oportunidades ingresar a la radiodifusión, recurriendo a argumentaciones y "ofertas engañosas", tal lo establece el fallo de primera instancia. Estos intentos tenían como objetivo prioritario acceder a la televisión paga.
En 2007, la Asociación Argentina de Televisión por Cable (ATVC) presentó un recurso contra esta tentativa, y contó con una sentencia favorable, ratificada en el Expediente N° 33.789/2007 del Juzgado Número 4.
El fallo, que lleva la firma de los jueces Jorge Esteban Argento, Carlos Manuel Grecco, Sergio Fernández y de la jueza secretaria de Cámara Susana Mellid, estableció: "cabe señalar que la arbitrariedad atribuida a la resolución y la gravedad institucional alegada, constituyen supuestos que no resultan susceptibles de consideración por la Sala".
"Ello sin perjuicio de advertir que la resolución recurrida exhibe suficientes fundamentos fácticos y jurídicos que la habilitan como acto jurisdiccional válido. Por lo cual resuelve denegar los recursos interpuestos", agregó el dictamen.
Más información: www.pjn.gov.ar.












