El Gobierno prepara el camino para el cierre de Fibertel
25 de Agosto de 2010En el Boletín Oficial de hoy se publicó que los proveedores no podrán percibir bajo ningún concepto cargos de acceso al servicio independientemente a la oferta de cada proveedor, ni cobrar un abono mayor al que pagaban en la compañía del Grupo Clarín
En el Boletín Oficial de hoy el Estado Nacional publicó la resolución 102/2010 de la Secretaría de Comunicaciónes, en la que se detalla una serie de pautas para los prestadores de Servicio de Valor Agregado o Internet que reciban a aquellos usuarios que decidan migrar los servicios que brindaba la ex licenciataria Fibertel Sociedad Anónima.
En el primer artículo se explica que los ISP (Internet Service Provider) no podrán percibir bajo ningún concepto derechos de conexión, instalación, alquiler de módem, o cualquier otro cargo de acceso al servicio, independientemente de la denominación usualmente utilizada por cada firma.
Además, a los efectos de resguardar los derechos de los usuarios y clientes, los prestadores no podrán percibir en concepto de abono un valor mayor a aquel que abonaban por la utilización de los servicios de la empresa del Grupo Clarín.
El control de ambas directrices para la migración de los usuarios será administrado por Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC), organismo descentralizado de la secretaría homónima del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicio.
Ante la caducidad de la licencia de Fibertel, el Estado dispuso un plazo de noventa días para la implementación de las medidas necesarias a los fines de migrar los servicios que se estuvieran prestando a través de las Licencias caducadas a la extinta firma.
Más información: www.boletinoficial.gov.ar.












