Un uppercut directo a las redes P2P
28 de Junio de 2005La Corte Suprema de los Estados Unidos dictaminó en forma unánime que aquellos que distribuyan programas de Internet que permitan intercambiar archivos de música y de films pueden ser demandados por violar los derechos de autor, independientemente de que esas mismas redes, conocidas como Peer-to-Peer (P2P), sean utilizadas para compartir archivos legales
La sanción de la Corte Suprema norteamericana apunta a empresas que producen programas para intercambio de información y no a los usuarios. Intenta proteger los derechos de autor y los intereses de la industria musical y del cine pero perjudicaría a los que comparten archivos legales, a través de las redes P2P.
"Un antecedente como éste marca un rumbo claro en la jurisprudencia mundial. Es esperable que se inicie una catarata de juicios para que estos servidores no se puedan utilizar para buscar determinada canción o películas de la firma que inició la demanda", indicó Gabriel Salcedo, director ejecutivo de Capif, la cámara local que agrupa multinacionales y sellos independientes de la industria discográfica.
"No se puede penalizar el uso de una herramienta porque alguien la use ilegalmente. La red está hecha para compartir. Las P2P son comunicación entre máquinas privadas: que yo deje que alguien tome algo de la mía es mi problema", opinó Beatriz Busaniche, de la Fundación Vía Libre, defensora del software libre.
El fallo habilita a demandar a quienes producen esos programas, lo que podría derivar en el bloqueo de esas redes, con el consiguiente perjuicio para los usuarios.
En la sentencia, el juez David Souter escribió: "Consideramos que alguien que distribuye un producto con el objetivo de promover su uso para infringir el copyright puede ser responsabilizado de lo que hagan terceras partes con ese producto".
El caso se remonta a octubre de 2001, cuando 28 compañías lideradas por la Metro Goldwyn Mayer MGM denunciaron a Streamcast Networks, responsable del software para las redes Gorkster y Morpheus, por considerar que se estaba beneficiando a costa de las copias piratas que se distribuían a través de las redes de intercambio de archivos. La decisión de ayer revierte una serie de fallos de instancias inferiores.
La Corte consideró esta vez que, más allá del uso que cada individuo haga de un determinado producto, los fabricantes de tecnología son los que tienen que responder cuando se viola la ley. En esta guerra de millones de dólares se enfrentan los intereses del sector discográfico y de los productores de películas, que alegan que han sufrido enormes pérdidas por el desarrollo de las redes P2P.













