Prorrogarían la incripción de las bases de datos
17 de Enero de 2006El Ministerio de Justicia alargaría el plazo de inscripción para bases de datos públicas y privadas en el Registro Nacional de Base de Datos. El Ministerio busca que las empresas identifiquen los datos personales que manejan; adecuen tales bases a la normativa vigente; elaboren políticas de privacidad para sitios de Internet, etc. De tal obligación quedarán exentos todos los archivos, o bases de datos que se encuentren destinados para un uso exclusivamente personal. El límite se extendería más allá del 31 de enero, tal como estaba dispuesto anteriormente, según indicó a Canal AR un abogado cercano al Ministerio de Justicia
Según trascendió, el Ministerio de Justicia avisaría que el plazo para la inscripción de bases de datos –tanto públicas como privadas- podría extenderse más allá del 31 de enero de 2006. De tal obligación quedarán exentos todos los archivos, o bases de datos que se encuentren destinados para un uso exclusivamente personal.
Hasta el momento hay 700 inscripciones en tramite –de las 2 mil que deberían adscribir al mismo (ver nota). Este número quizás sea el puntapié que impulsaría la extensión del plazo límite para que las instituciones que todavía no regularizaron su situación lo hagan ante el Registro Nacional de Bases de Datos, que depende del Ministerio de Justicia.
Para quienes no inscriban sus bases de datos en el mencionado registro, se contemplan multas que llegarían a 100 mil pesos, al tiempo que podría clausurarse la misma. La obligación de registrar las bases incluye a todos los titulares de tales que las usen para otros fines que no sean exclusivamente personales.
Según explicó Horacio Granero al diario Infobae, la inscripción no es difícil porque los formularios están en Internet, incluidas las planillas de aranceles y demás instructivos que facilitan la gestión. "El trámite de inscripción es bastante sencillo. Los formularios están en Internet en el sitio http://www2.jus.gov.ar/dnpdp y su llenado se hace casi exclusivamente online", afirmó Granero, del estudio Allende & Brea.
El abogado especializado en estos menesteres, Daniel Monastersky, dijo en Canal AR (ver nota), que "las sanciones previstas precedentemente serán de aplicación a los responsables o usuarios de archivos, registros, bases o bancos de datos públicos y privados destinados a dar informes, se hubieren inscripto o no en el registro correspondiente. Ello sin perjuicio de las responsabilidades administrativas que pudieran corresponder a los responsables o usuarios de bancos de datos públicos; de la responsabilidad por daños y perjuicios derivados de la inobservancia de la presente ley y de las sanciones penales que correspondan".
Más información: www.jus.gov.ar.













