¿De quién es el correo electrónico en una empresa?

La diputada del ARI por la Ciudad de Buenos Aires, Delia Bisutti presentó la semana pasada un proyecto de Ley de Protección Jurídica del Correo Electrónico. En diálogo con Canal AR, la legisladora señaló: “Creo que no se puede tomar represalia si no se establece una política clara al respecto dentro de una empresa. De hecho, creo que es necesario regularizar el uso del correo personal en el horario laboral para que no haya conflictos”.

“El empleador deberá notificar fehacientemente al empleado su política respecto del acceso y uso de correo electrónico no suministrado por él, desde el lugar de trabajo (correo electrónico personal del trabajador)”. Este es uno de los puntos más importantes que se lee en el proyecto de Ley de Protección Jurídica del Correo Electrónico presentado la semana pasada en la Cámara de Diputados por Delia Bisutti, diputada del ARI por la Ciudad de Buenos Aires, con el fin de llegar a un punto medio en el conflicto que a menudo se genera entre empleadores y trabajadores en torno a la apertura de la correspondencia electrónica.

"A los efectos legales, el correo electrónico se equipara a la correspondencia epistolar", señala el comienzo del texto que busca penar la apertura del e-mail de un tercero, y darle a la cuestión un marco jurídico para que no se siga resolviendo en los juzgados basándose en la jurisprudencia que protege la privacidad del empleado. Para eso, aclara en su artículo 4 que "cuando el correo electrónico sea provisto por el empleador al trabajador en función o con motivo de una relación laboral, se entenderá que la titularidad del mismo corresponde al empleador siempre y en todos los casos, independientemente del nombre y clave de acceso que sean necesarias para su uso".

Es así que a partir de este proyecto, el empleador tendría la facultad de acceder y controlar toda la información que circule y prohibir su uso para fines personales, ya que no están incluidas en esta ley las direcciones de correo electrónico que pudiera tener el empleado en carácter personal o privado, se abrieran o no estos desde el lugar de trabajo.

Pero, para que estas facultades tengan vigencia, el empleador deberá notificar al trabajador acerca de las políticas de la empresa al respecto al momento de poner a su disposición una dirección de correo electrónico para el ámbito laboral. “Será reprimido con prisión de 15 días a 6 meses, el que abriere indebidamente una carta, un correo electrónico, un pliego cerrado o un despacho telegráfico, telefónico o de otra naturaleza que no le esté dirigido”, dice el artículo 5. “Se le aplicará prisión de 1 mes a 1 año, si el culpable comunicare a otro o publicare el contenido de la carta, correo electrónico, escrito o despacho”.

Según Bisutti, el proyecto nació porque "muy pocas empresas le avisan a sus empleados que le van a revisar el e-mail ". En diálogo con Canal AR, también explicó que trabajó en el desarrollo de este proyecto de la mano de abogados asesores que entienden cuestiones relacionadas a la tecnología, y la idea nació de un reciente fallo en el que se pretendía despedir sin pago de indemnización a una empleada por utilizar el e-mail personal en horario laboral.

“Yo creo que no se puede tomar represalia si no se establece una política clara al respecto dentro de una empresa. De hecho, creo que es necesario regularizar el uso del correo personal en el horario laboral para que no haya conflictos”, dijo la diputada. “De todas formas, y considerando la cantidad de tiempo que hoy un empleado pasa en el ámbito laboral, este proyecto no restringe la utilización del uso del correo personal, pero sí incentiva al establecimiento de un tiempo de uso por un acuerdo previo de las partes”.

Por último manifestó: “El objetivo es delimitar y regular las utilización de los adelantos tecnológicos. Creo que era necesaria una regulación de este tipo que dé garantías a las dos partes. Estimamos que va a funcionar, ya que nos basamos en los casos que ya sucedieron en el país y en un estudio de la normativa al respecto que existe en otros países. Todavía no nos hemos encontrado con ninguna opinión contradictoria, creo que da un marco de tranquilidad a la empresa y al trabajador”.