Sergio Candelo: "Es necesario que la Ley sea el comienzo de un nuevo marco regulatorio"

"En un contexto en el que 40% de los habitantes están en situación de pobreza, la Industria del Software es uno de los grandes dinamizadores de la economía"

Con 133 votos afirmativos, 5 votos negativos y 88 abstenciones, la Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley el nuevo régimen de promoción de la economía del conocimiento esta semana, con los cambios que introdujo el Senado la semana pasada (ver también El Régimen de la Economía del Conocimiento se convirtió en Ley en Diputados).

Sergio Candelo

La noticia causó gran repercusión en el sector, principalmente en la industria local de software: "Consideramos que tener una versión de la ley vigente es mejor que no tener ninguna legislación sobre el tema. Aunque este contexto es más alentador, todavía hay puntos importantes que merecen atención y deberán ser tenidos en cuenta tanto en la reglamentación como en la resolución final", explicaron desde la Cámara Argentina del Software CESSI.

"En un contexto en el que 40% de los habitantes están en situación de pobreza, la Industria del Software es uno de los grandes dinamizadores de la economía, ya que ofrece pleno empleo, registrado y con oportunidades de desarrollo profesional. Es una excelente alternativa tanto para los jóvenes que lo necesitan como para imaginar un futuro más inclusivo, federal y desarrollado. Por eso, es necesario que la Ley de Economía del Conocimiento sea el comienzo de un nuevo marco regulatorio que impulse diversas políticas públicas para el desarrollo de la innovación local", opinó Sergio Candelo, presidente de CESSI.

Los siguientes son los tres puntos que la cámara pidió considerar de cara a la reglamentación de la nueva Ley:

  1. El primer punto tiene que ver con el pleno derecho por disminución del personal promovido. Esto implica que no se puede subsanar el incumplimiento y que además, podría impedir que las empresas se vuelvan a inscribir cuando lo superen, porque perdió vigencia el beneficio por no cumplir con este requisito. Frente a dicha problemática, recomendamos trabajar en conjunto, para que la reglamentación tenga en cuenta las dificultades que representa. Principalmente, en aquellas reducciones de nómina donde la empresa no tiene posibilidades de incidir, tales como: renuncias, jubilaciones, acuerdos de partes y casos extremos como, por ejemplo, fallecimientos".
  2. El segundo está en la forma de liquidar el impuesto a las ganancias para las empresas comprendidas dentro de la Ley del Software, respecto del ejercicio iniciado en el año 2019. Dado que la mayoría de los ejercicios fiscales ya cerraron, sería bueno mantenerlo, teniendo en cuenta que la nueva Ley propone una escala variable según el tamaño de la empresa.
  3. Por último, teniendo en cuenta que las empresas son sujetos de retención de IVA y que el bono fiscal se utiliza para pagar el mencionado impuesto, será muy importante trabajar tanto con el órgano de aplicación como con AFIP para lograr que el beneficio sea aplicable y se pueda percibir. De otra manera, no será aplicable esta promoción ni el beneficio del bono anteriormente mencionado.