No todo lo que se firma online es firma digital
16 de Septiembre de 2026Escribe Daniel Raskin, Gerente General de Lakaut
La digitalización simplificó buena parte de nuestras actividades cotidianas. Contratamos servicios, operamos con bancos, gestionamos trámites y aceptamos acuerdos desde una pantalla. En ese contexto, también nos acostumbramos a “firmar” digitalmente. Pero que una firma ocurra en un entorno digital no significa necesariamente que estemos frente a una firma digital.
La diferencia puede parecer semántica, pero no lo es. En Argentina, firma digital y firma electrónica son conceptos distintos y responden a arquitecturas de confianza diferentes. Una firma electrónica puede utilizar mecanismos como contraseñas, códigos de un solo uso, clicks de aceptación o incluso biometría para asociar una acción con una persona. Son herramientas que pueden aportar evidencias sobre una operación, pero incorporarlas no convierte automáticamente ese proceso en una firma digital.
La firma digital funciona sobre otra arquitectura tecnológica. Se basa en criptografía asimétrica y en un certificado digital que vincula al firmante con un par de claves: una privada, bajo su control, y una pública que permite verificar su firma. Al firmar, se genera una representación única del documento (un hash) sobre la que se realiza el proceso de firma. Si ese documento es modificado posteriormente, incluso mínimamente, la alteración puede ser detectada.
En Argentina, este esquema se sustenta además en una cadena de confianza anclada en la Autoridad Certificante Raíz de la República Argentina. La Firma Digital es otorgada únicamente por certificadores licenciados, y de esta cadena surge la presunción de autoría e integridad: se valida que el certificado del suscriptor sea válido y que el certificador que lo emitió haya sido autorizado por la AC Raíz.
Esta arquitectura permite sostener tres atributos fundamentales: la identidad del firmante, que permite determinar quién realizó la firma; la integridad del documento, que permite verificar que su contenido no fue alterado después de firmado; y el no repudio, que impide que el firmante desconozca la autoría de la firma. A esto se suma el sello de tiempo (TSA), que incorpora una fecha y hora confiables y permite acreditar cuándo se realizó la firma.
Hasta hace algunos años, acceder a esas garantías también implicaba aceptar ciertas fricciones. La firma digital estuvo asociada durante mucho tiempo a procesos presenciales, dispositivos físicos como el token, experiencias menos intuitivas y costos de acceso más elevados. Frente a eso, la firma electrónica encontraba uno de sus principales argumentos en la simplicidad.
Pero ese escenario cambió. El Decreto 892/2017, en el marco de la Ley N° 25.506 de Firma Digital, impulsó la implementación de la Firma Digital remota. A partir de entonces, es posible obtenerla y utilizarla en la nube privada sin depender de un token físico, firmando desde los dispositivos que usamos todos los días. Los procesos son más simples y el acceso es considerablemente más económico. Buena parte de las barreras que históricamente condicionaron su adopción comenzaron a desaparecer.
Y ahí es donde creo que tenemos que empezar a revisar algunas ideas. Biometría, OTP, trazabilidad o registros de actividad pueden ser recursos valiosos dentro de distintas soluciones de firma. Pero sumar capas de autenticación o evidencia no modifica por sí mismo la naturaleza de la tecnología utilizada. Una experiencia digital más sofisticada no es lo mismo que una firma digital.
De hecho, para el usuario ambas experiencias pueden resultar muy parecidas. La diferencia está en lo que sucede por debajo y en la tecnología que respalda cada proceso, algo que no necesariamente es visible para quien, por ejemplo, presiona un botón para firmar.
Durante años pareció existir una elección inevitable entre simplicidad y mayores garantías. La evolución tecnológica está dejando atrás esa disyuntiva: hoy la firma digital puede ser remota, funcionar en la nube, ser simple de utilizar y económicamente accesible.
Por eso, quizás la pregunta ya no debería ser solamente si podemos firmar un documento online. Deberíamos preguntarnos qué tecnología estamos utilizando cuando lo hacemos y qué garantías nos ofrece.
Porque si la experiencia ya puede ser simple, remota y accesible, la simplicidad dejó de ser una razón para confundir tecnologías que, aunque parecidas desde una pantalla, siguen siendo naturalmente diferentes.
(*) Daniel Raskin: Gerente General de Lakaut













